· Restan prohibidos todos los desplazamientos por las vías públicas entre las 22:00h y las 6:00h

El día 25 de octubre, la Generalitat de Catalunya decretó las restricciones de la movilidad nocturna, para la contención del brote epidémico de la pandemia de la Covid-19 en todo el territorio catalán. Según la resolución, restan prohibidos todos los desplazamientos y la circulación por las vías públicas entre las 22:00h y las 6:00h.

En cuanto al horario máximo de apertura al público, los servicios, actividades recreativas y deportivas, comercio y restauración será hasta las 21:00h. En caso de actividades culturales y espectáculos públicos y de la actividad de servicio a domicilio de la restauración a domicilio será a las 22:00h.

Excepciones

  • Asistencia sanitaria de urgencia.
  • Adquisición de productos farmacéuticos por razón de urgencia.
  • Desplazamientos de personas trabajadoras para ir o volver del centro de trabajo en los casos en que el trabajo no se pueda realizar vía teletrabajo.
  • Retorno en el domicilio desde centros educativos y de las actividades culturales y espectáculos públicos.
  • Cura de mascotas y animales de compañía durante el tiempo imprescindible y siempre de manera individual en la franja horaria comprendida entre las 4:00h y las 6:00h.