· El confinamiento municipal estará vigente, como mínimo, hasta el dàa 24 de enero

La situación epidemiológica en Cataluña cada vez va a peor. Con la tercera oleada de rebrotes ya activada, el PROCICAT prorrogó ayer siete días más las medidas para reducir los contagios de la COVID-19. La prórroga empezará lunes día 18 de enero y tendrá una vigencia de siete hasta el domingo, 24 de enero. Aun así, el consejero de Empresa de la Generalitat de Cataluña, Ramón Tremosa, afirmó ayer a los medios de comunicación que a finales de mes la intención es pasar al confinamiento comarcal.

Os recordamos las medidas vigentes, a la espera que se publique la prórroga en el DOGC:

Ámbito laboral y profesional

  • Obligación a las empresas de limitar la movilidad laboral. Implementar el trabajo a distancia o teletrabajo excepto que no sea posible. Si no es posible establecer medidas de flexibilidad horaria.
  • Adoptar medidas para mantener la distancia interpersonal. En caso de que no se pueda mantener la distancia, hay que proporcionar a las personas trabajadoras los equipos de protección adecuados al nivel del riesgo.
  • Adoptar medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características de los centros de trabajo e intensidad de uso, así como garantizar la ventilación de los espacios y edificios, de acuerdo con los protocolos que establezcan en cada caso las autoridades sanitarias y, en especial, de los espacios comunes de los centros de trabajo, restringiendo o escalonando el uso para evitar aglomeraciones, intensificando la limpieza de superficies, estableciendo que en las zonas de descanso se permita la distanciación entre personas o estableciendo zonas de entrada y salida diferenciadas, entre otros.
  • Poner a disposición de las personas trabajadoras agua y jabón, o hielos hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad viricida autorizados, para la limpieza de manos.
  • El uso de mascarilla es obligatorio.

Restricciones para el comercio al detalle

Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos de comercio minorista de más de 400 metros cuadrados, y de los centros comerciales, galerías comerciales y recintos comerciales. Además, los que tienen una superficie útil de venta igual o inferior a 400 metros cuadrados solo pueden permanecer abiertos de lunes a viernes, para evitar la mayor afluencia que se da en fin de semana. Se mantiene la limitación del aforo al 30%.

El horario de apertura al público de las actividades permitidas en ningún caso podrá superar la franja entre las 6 y las 21h, en general; no obstante, sí podrá llegar hasta las 22h en caso de actividades culturales y para la recogida al establecimiento en los servicios de restauración, y hasta las 23h para servicios de restauración a domicilio.

Movilidad limitada en el municipio toda la semana

En primer lugar, en cuanto a la movilidad personal, se limita al perímetro municipal durante toda la semana, con las mismas excepciones que para la entrada y la salida de Cataluña, si bien se permite la realización de actividades físicas y deportivas individuales entre municipios limítrofes. En segundo lugar, los encuentros familiares y/o sociales se permiten siempre que no se superen las 6 personas, salvo que sean convivientes, y no supongan la confluencia de más de dos burbujas de convivencia.